A través de un documento oficial fechado el 15 de agosto de 2025, el l Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió un instructivo a los tribunales electorales departamentales para que informen a los jurados electorales y a la población que «no está permitido ingresar con celulares con cámara ni cámras a los recintos de votación. La decisión fue asumida después que funcionarios públicos denunciaron que son obligados a sacar fotografías de su voto por el partido oficialista.
“Con la finalidad de preservar el principio del secreto del voto, consagrado en el Art. 43 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral, concordante con el Art. 233 de la misma normativa, que establece como falta electoral la violación del secreto del voto por cualquier medio, se instruye a los Tribunales Electorales Departamentales comunicar a las y los Jurados Electorales, Notarios Electorales, otro personal electoral y a la ciudadanía en general, que no está permitido ingresar al recinto reservado de votación, portando celulares con cámara”, se lee en el instructivo del organismo electoral.
“La recomendación que ha emitido el Tribunal Supremo Electoral a todos todos los Tribunales Departamentales Electorales es que, en lo posible, se evite ingresar con celular a los recintos de votación», informó el secretario de Cámara del TSE, Fernando Arteaga. Además, señaló que no es fácil cumplir esta tarea porque los jurados electorales no son policías y deben estar a cargo de que los votantes ejerzan su derecho a sufragar.
En las últimas horas surgieron varias denuncias de funcionarios públicos que están siendo obligados a votar por el candidato del Movimiento al Socialismo (MAS), como prueba les pidieron que saquen una fotografía a la papeleta de sufragio junto con sus credenciales institucionales mostrando qué casilla marcaron. Además, les pidieron que sumen el apoyo de otras entre tres o cuatro personas (familiares).
Más temprano, el vocal del TSE Tahuichi Tahuichi, en declaraciones a la ANF, advirtió que presionar a los funcionarios a votar por un determinado candidato se constituye en un delito penal: coacción electoral que está sancionado con hasta tres años de cárcel, tal como establece la Ley 026 de Régimen Electoral.
El caso se agrava si el infractor es un servidor, ya que no podrán acceder a un cargo en instituciones públicas por tres años.
“Hay que señalar que constituye un delito electoral la coacción, entendemos por coacción electoral cualquier amenaza, chantaje para votar, eso es un delito electoral y tiene una sanción de cárcel de 1 año hasta 3 años”, explicó la autoridad electoral.
Asimismo, pidió a las personas que son presionadas a presentar sus denuncias ya sea al Ministerio Público o al Tribunal Supremo Electoral.
Fuente: ANF




